La Corte Constitucional avala acuerdo de inversiones con Emiratos Árabes Unidos, aunque su decisión no fue absoluta y estuvo sujeta a una condición clave relacionada con el arbitraje internacional. El organismo determinó que el tratado es compatible con la Constitución, siempre que se introduzcan cambios específicos para evitar conflictos con la soberanía jurídica del país.
El pronunciamiento se da tras el análisis del “Acuerdo para la promoción y protección recíproca de las inversiones”, firmado en diciembre de 2025. Este tipo de instrumentos busca fomentar la llegada de capital extranjero, pero también genera debate por los mecanismos de resolución de disputas.
Corte Constitucional y el control del acuerdo internacional
El proceso inició cuando el Ejecutivo remitió el tratado para el control previo de constitucionalidad, tal como establece la normativa ecuatoriana. La revisión incluyó tanto el análisis jurídico como la posibilidad de observaciones ciudadanas.
La Corte determinó que el acuerdo debía pasar también por la Asamblea Nacional, debido a su potencial impacto en competencias internas del Estado. Este paso es obligatorio cuando existen elementos que podrían involucrar decisiones de instancias internacionales sobre temas nacionales.

El arbitraje internacional en el centro del debate
Uno de los puntos más sensibles fue el artículo que regula la solución de controversias. Este apartado establece mecanismos para que inversionistas extranjeros puedan acudir a tribunales arbitrales internacionales.
El análisis se enfocó en determinar si esta disposición contradice la Constitución, que prohíbe ceder jurisdicción en disputas contractuales o comerciales. La discusión marcó una diferencia entre conflictos derivados del tratado y aquellos vinculados a contratos específicos.
Corte Constitucional establece límites obligatorios
Como resultado, la Corte no rechazó el acuerdo, pero condicionó su validez. Exigió que se incorpore una cláusula que impida de forma expresa que tribunales internacionales intervengan en controversias contractuales o comerciales.
Este requisito busca garantizar que el Estado mantenga control sobre decisiones que involucren relaciones directas con actores privados, evitando así una posible vulneración de la soberanía jurídica.
Implicaciones políticas y jurídicas del fallo
La decisión también refleja un cambio de criterio respecto a fallos anteriores sobre tratados similares. Esto podría influir en futuras negociaciones internacionales y en la manera en que Ecuador maneja sus relaciones con inversionistas extranjeros.
Además, el fallo no fue unánime. Existieron votos en contra que consideran que incluso con modificaciones, el arbitraje internacional podría seguir siendo incompatible con la Constitución.
En adelante, el Ejecutivo deberá ajustar el texto del acuerdo y volver a presentarlo para una nueva revisión. Solo después de este paso podrá continuar su trámite legislativo, lo que mantiene abierto el debate sobre el equilibrio entre atraer inversiones y proteger la soberanía nacional.
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