La Corte Constitucional dio luz verde a una de las cuatro enmiendas planteadas por el presidente Daniel Noboa y a dos de las presentadas por el exmandatario Lucio Gutiérrez, en un dictamen aprobado el 22 de enero de 2026 y hecho público el 3 de marzo.
El fallo llega meses después del referéndum del 16 de noviembre de 2025, en el que el Ejecutivo sufrió un revés en su intención de impulsar cambios estructurales a la Constitución.
Aval para modificar la designación en el Cpccs se aprobó en la Corte Constitucional
El organismo constitucional determinó que puede tramitarse por la vía de enmienda la propuesta de trasladar a la Asamblea Nacional la facultad de designar autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y establecer nuevos procedimientos para esa designación.
Esta decisión permite al presidente avanzar con el proceso, que deberá incluir una convocatoria a las urnas. Sin embargo, la Corte Constitucional aún deberá pronunciarse sobre el fondo del texto en un dictamen posterior.

Tres planteamientos de Noboa no superaron el filtro en la Corte Constitucional
La Corte rechazó que puedan tramitarse por enmienda tres iniciativas adicionales del Ejecutivo.
Entre ellas, la creación de un registro de personas condenadas por delitos sexuales y el establecimiento de una mayoría calificada del propio tribunal para declarar la inconstitucionalidad de decretos de estado de excepción, leyes y consultas populares impulsadas por el Presidente. Según el organismo, estas propuestas restringen derechos y alteran la estructura fundamental del Estado.
También se descartó la inclusión de los delitos de extorsión, robo y receptación en el artículo 81 de la Constitución, al considerar que la modificación no guarda relación con la protección reforzada a víctimas en situación de vulnerabilidad y supone una restricción de derechos.
Dos enmiendas de Gutiérrez reciben dictamen favorable
En el caso de Lucio Gutiérrez, dos de sus cuatro propuestas fueron consideradas viables por la vía de enmienda.
La primera plantea que los movimientos políticos sean únicamente de carácter nacional y que tengan presencia organizativa en al menos el 50% de las provincias del país.
La segunda propone reducir el número de asambleístas mediante el ajuste del número de habitantes requeridos para asignar un escaño adicional, un tema que ya fue rechazado en consultas populares anteriores.
Cambios políticos que no podrán ir por enmienda
La Corte Constitucional determinó que no es procedente eliminar la representación de circunscripciones especiales, elevar a 25 años la edad mínima para ser asambleísta, crear nuevas prohibiciones para acceder a una curul ni suprimir la suspensión de derechos políticos para personas con sentencia penal.
Con este dictamen, el tribunal delimita el alcance de las reformas constitucionales que pueden tramitarse por enmienda, marcando un nuevo capítulo en el debate político sobre la estructura institucional del país.
Más noticias:
Juan Andrés González sigue en la Asamblea tras votación fallida
Fuente:
