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Horario del Pico y Placa en Quito para el miércoles 15 de octubre de 2025

Fecha:

El horario del Pico y Placa en Quito para este miércoles 15 de octubre de 2025 mantiene su aplicación conforme al calendario de restricción vehicular establecido por las autoridades municipales. En esta fecha, los vehículos cuyas placas terminan en los dígitos 5 y 6 tienen prohibido circular durante dos franjas horarias específicas del día.

Por la mañana, la restricción se aplica desde las 06:00 hasta las 09:30, mientras que en la tarde vuelve a regir desde las 16:00 hasta las 20:00. Esta medida busca disminuir la congestión vehicular y mejorar la movilidad urbana dentro de la ciudad.

Zonas y tipos de vehículos incluidos en la medida

El horario del Pico y Placa en Quito es válido exclusivamente dentro de la zona urbana de la capital ecuatoriana. Es importante destacar que la disposición se aplica tanto a automóviles particulares como a motocicletas, siendo ambos tipos de vehículos sujetos a la restricción conforme al último dígito de su placa.

No obstante, existen excepciones claramente definidas en la normativa. Están exentos de la medida los vehículos eléctricos, aquellos que pertenecen a personas con discapacidad, los vehículos oficiales y los conducidos por o registrados a nombre de adultos mayores. Esta segmentación busca garantizar que quienes necesitan mayor accesibilidad no se vean afectados por la restricción.

Multas por incumplimiento del horario del Pico y Placa en Quito

Los ciudadanos que no respeten el horario del Pico y Placa en Quito deben estar conscientes de las sanciones económicas establecidas por la normativa. La primera infracción conlleva una multa de 70,50 dólares, equivalente al 15% del Salario Básico Unificado (SBU) vigente.

En caso de reincidencia, la segunda infracción será penalizada con 117,50 dólares, lo que corresponde al 25% del SBU. Finalmente, si un conductor es sorprendido por tercera vez o más, deberá pagar 235 dólares, cifra que representa el 50% del salario básico.

Desde diciembre de 2024, la normativa sufrió una modificación relevante: los vehículos ya no son retenidos por infringir la medida. En su lugar, se aplica directamente la sanción económica, sin necesidad de inmovilización del automóvil o motocicleta.

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Fuente:

panoramaecuador.com

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