El intento de destitución contra el asambleísta Juan Andrés González no prosperó este 3 de marzo de 2026 en el Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador. La moción impulsada por la bancada oficialista ADN no alcanzó los 101 votos requeridos, pese a que el informe del Comité de Ética recomendaba sanciones por un presunto cobro de diezmos.
La sesión se instaló a las 11:40, tuvo como único punto del orden del día el debate del informe y culminó con una votación que evidenció la fragmentación legislativa: 69 votos a favor, 65 en contra y 8 abstenciones. Con ese resultado, la propuesta de destitución quedó archivada.
Una votación que no alcanzó la mayoría calificada para destituir a Juan Andrés González
Para separar del cargo a un legislador se requerían al menos 101 votos afirmativos. Sin embargo, la moción apenas consiguió 69 respaldos. La diferencia reflejó una aritmética parlamentaria ajustada y un escenario de alianzas inestables dentro del Pleno.
El proceso definió el futuro político del jefe de la bancada de la Revolución Ciudadana, quien mantendrá su curul al no aprobarse el informe presentado por el Comité de Ética.

Cambios de última hora en la convocatoria
La sesión estuvo marcada por modificaciones en su convocatoria. Inicialmente estaba prevista en Guayaquil la semana anterior, pero el presidente del Legislativo, Niels Olsen, cambió la fecha y dispuso que el debate se realice de manera presencial en Quito.
El ajuste se dio en medio de tensiones políticas y negociaciones internas, en un contexto donde cada voto resultaba determinante para alcanzar la mayoría calificada.
El origen de la denuncia contra Juan Andrés González
El proceso disciplinario comenzó el 11 de diciembre de 2025, cuando la asambleísta Ana Belén Tapia presentó una solicitud formal de investigación y sanción contra González, legislador por Loja.
La denuncia se sustentó en presuntas infracciones al artículo 127 de la Constitución y al artículo 163, numeral 4, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Estas disposiciones prohíben a los asambleístas percibir ingresos adicionales provenientes de fondos públicos distintos a los correspondientes a su cargo.
Según la acusación, un exasistente del despacho habría denunciado exigencias de aportes económicos indebidos, solicitudes de préstamos personales, imposición de gastos ajenos a funciones institucionales y presiones que habrían generado un entorno de hostigamiento laboral.
Lo que concluyó el Comité de Ética
El informe del Comité de Ética señaló que existía coherencia probatoria suficiente en el ámbito administrativo y disciplinario. Entre los elementos analizados constaron transferencias bancarias, comprobantes de pago, recibos, comunicaciones electrónicas, audios y testimonios presentados en audiencia.
De acuerdo con el documento, los insumos permitían reconstruir una secuencia lógica de requerimientos económicos y pagos en un contexto de subordinación jerárquica. Incluso se indicó que la devolución parcial o total de ciertos valores no desvirtuaba la exigencia inicial.
El Comité concluyó que el legislador incurrió en la infracción prevista en el numeral 4 del artículo 163 de la LOFL, al solicitar y recibir aportes económicos no debidos de personal a su cargo. Además, consideró que los hechos se adecuaban a la prohibición establecida en el artículo 127 de la Constitución, al comprometer principios de probidad y transparencia.
Un desenlace político con efectos inmediatos
Aunque el informe planteaba fundamentos para una sanción, la falta de 32 votos impidió la destitución. El resultado deja en evidencia la dificultad de construir mayorías calificadas en la Asamblea y marca un precedente en los procesos disciplinarios internos.
Con la votación cerrada y la moción negada, Juan Andrés González continúa en funciones, mientras el debate sobre ética parlamentaria y control político permanece abierto en el escenario legislativo ecuatoriano.
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