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Fiscalía obtiene pena máxima agravada por tráfico de drogas a gran escala

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Condena histórica por delito de tráfico de drogas

La pena máxima agravada por tráfico de drogas fue impuesta por el Tribunal de Garantías Penales contra Henry Javier V. S., procesado por tráfico de sustancias ilícitas a gran escala. La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) logró una sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión, además de una multa de 1.000 salarios básicos unificados. Esta condena refuerza el compromiso institucional con la protección de la salud pública.

Pruebas clave durante el juicio

La pena máxima agravada por tráfico de drogas fue solicitada por la Fiscalía bajo el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este artículo establece como agravante la participación de dos o más personas en la ejecución del delito. En la audiencia de juzgamiento se presentaron varias pruebas: el parte policial, testimonios, actas de peritaje y el informe de la pericia química.

Los hechos ocurrieron el 18 de septiembre de 2024 en el sector del parque La Carolina, al norte de Quito. Henry Javier V. S. y Fredy Osvaldo U. H. intentaron evadir un control policial mientras se movilizaban en un vehículo que, posteriormente, fue inspeccionado por la Jefatura Antinarcóticos.

Vehículo incautado con droga en cajas de cerveza durante operativo antinarcóticos en Quito

Cocaína escondida en cajas de cerveza

Durante la inspección, se hallaron quince cajas de cerveza en la parte trasera del vehículo. Dentro de ellas se encontraron 199 paquetes con la etiqueta «NY». El contenido fue sometido a análisis, arrojando positivo para cocaína. La muestra fue remitida posteriormente a Estados Unidos, por solicitud de la DEA.

Otro implicado fue excarcelado

Ambos imputados fueron llamados a juicio. Sin embargo, Fredy Osvaldo U. H., ciudadano colombiano, fue liberado mediante boleta fundamentada en una resolución administrativa de deportación relacionada con el conflicto armado interno, emitida por la autoridad migratoria competente.

Fundamento legal de la sentencia

El acta de pesaje determinó que la droga incautada alcanzaba los 199.618,40 gramos, lo que ubica el caso dentro del tipo penal de tráfico de drogas a gran escala, de acuerdo con el artículo 220, numeral 1, literal d, del COIP. Esta figura legal contempla una pena privativa de libertad de entre veintidós y veintiséis años. No obstante, por tratarse de un delito cometido por al menos dos personas, el Tribunal decidió aplicar una agravante que permitió imponer la pena máxima agravada por tráfico de drogas.

Fuente:

periodicolaprimera

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