El sistema tributario ecuatoriano sumó un nuevo cambio que impacta directamente a varios servicios financieros utilizados por ciudadanos y empresas. Desde el 1 de marzo de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) aplicó una actualización en la tabla de retenciones de impuestos, modificando los porcentajes que se aplican a distintas actividades económicas.

La medida fue establecida mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009, firmada a finales de febrero, la cual fija retenciones que van desde el 1 % hasta el 10 %, dependiendo del tipo de servicio o actividad.
Uno de los cambios más relevantes es el aumento de la retención del 2 % al 3 % para varios servicios financieros, lo que podría incidir en ciertas operaciones realizadas a través de bancos, cooperativas y otras instituciones financieras del país.
Servicios financieros que ahora tienen retención del 3 %
El ajuste tributario afecta a diversos productos financieros comunes en el sistema bancario ecuatoriano. Entre los principales servicios que ahora tendrán una retención del 3 % se encuentran:
- Préstamos
- Cuentas corrientes
- Certificados financieros
- Pólizas de acumulación
- Depósitos a plazo fijo
- Certificados de inversión
- Avales
- Intereses y comisiones por ventas a crédito
- Liquidaciones de compra de bienes
- Pagos o créditos por facturas emitidas por medios de comunicación y agencias de publicidad
Este cambio implica que la retención se aplicará automáticamente desde los sistemas de las instituciones financieras cuando los usuarios realicen estas operaciones.
Inversiones de largo plazo estarán exentas
El SRI también aclaró que no todas las inversiones estarán sujetas a esta retención del 3 %.
Las inversiones financieras que tengan un plazo igual o superior a 180 días quedarán exentas de esta retención, con el objetivo de incentivar el ahorro y la inversión a mediano y largo plazo dentro del sistema financiero nacional.
Otras retenciones que establece la nueva tabla
Además del ajuste para servicios financieros, la nueva tabla del SRI establece distintos porcentajes para otras actividades económicas.
Retención del 1 %
- Servicios de transporte privado de pasajeros
- Transporte público y privado de carga
- Adquisición de bienes de origen avícola y otros
- Compras a contribuyentes del régimen RIMPE
Valor de la Retención del 2 %
- Servicios de energía eléctrica
- Emisión de tarjetas de crédito
- Pagos o créditos en compañías de seguros
- Recepción de botellas plásticas no retornables
- Pagos a compañías de arrendamiento mercantil
- Actividades de construcción
- Adquisición de bienes muebles
Retención del 5 %
- Servicios profesionales prestados por sociedades residentes en Ecuador
- Comisiones pagadas a sociedades dentro del país
Retención del 10 %
- Honorarios, comisiones y pagos a personas residentes por servicios profesionales o mano de obra
- Pagos por regalías, uso de imagen o docencia
- Servicios notariales, entre otros
Con esta actualización, el SRI busca ajustar el esquema tributario de distintas actividades económicas, estableciendo nuevas reglas que ya se encuentran vigentes en todo el país.
Fuente: Ecuavisa
Te puede interesar:
Embarazo adolescente en Ecuador: 88 niñas dan a luz cada día
