Un considerando olvidado podría abrir la puerta a plenos poderes. La Constituyente 2025 se perfila como un atajo jurídico para normativas previamente vetadas.
Leyes suspendidas y su futuro
Dos normas, la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional y la Ley Orgánica de Integridad Pública, fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Constitucional (CC) el 27 de septiembre. Otras normativas promovidas por el presidente Daniel Noboa siguen suspendidas, a la espera de un fallo definitivo. En este contexto, surge la interrogante: ¿podría la Constituyente 2025 otorgarles vigencia nuevamente?
Aunque la Constituyente 2025 no puede interferir directamente en decisiones de la CC o la Asamblea Nacional, sí puede incorporar estas iniciativas al nuevo texto constitucional. Según André Benavides, abogado constitucionalista, “con esta vía ya no sería necesaria una nueva consulta popular para su aprobación”. Entre los ejemplos destacan el trabajo por horas y la evaluación del desempeño de servidores públicos.
Improvisación y cálculo político
Francisco Flores, catedrático de la Universidad de las Américas, explica que cuando la Corte se enfrenta a la Función Ejecutiva, esta se somete a la CC; sin embargo, frente al Poder Constituyente, los constitucionalistas tienden a apoyar a este último. Benavides aclara que los problemas de las leyes no son de fondo, sino de forma, pues vulneran principios de unidad de materia, publicidad y deliberación democrática. La Constituyente 2025 podría omitir estos principios en el nuevo texto, permitiendo la aprobación de proyectos urgentes de contenido variado.
Limitantes y posibilidades
Miguel Costain, abogado y docente, señala que la Constituyente 2025 podría viabilizar otras iniciativas prohibidas mediante reformas parciales, como la prisión preventiva obligatoria en casos de terrorismo o la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana. No obstante, la limitante principal será respetar la dignidad humana y los tratados internacionales firmados por Ecuador.
Un posible atajo constitucional
Francisco López, especialista en procesos constitucionales, advierte que el considerando 26 del estatuto original permite que la Constituyente 2025 se declare de plenos poderes. Esto abriría la posibilidad de poner en vigor leyes previamente declaradas inconstitucionales y asumir funciones legislativas sin esperar la aprobación popular. Según López, bajo esta figura, la Corte Constitucional no podría vetar nuevamente las normas y la Constituyente tendría un poder casi absoluto sobre la legislación futura.
En conclusión, la Constituyente 2025 representa un mecanismo que podría modificar sustancialmente el marco legal vigente, ofreciendo tanto oportunidades como riesgos jurídicos y políticos significativos.
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Fuente:
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