Mario Godoy avanza en un nuevo mecanismo para la designación de jueces temporales a escala nacional. La Dirección Nacional de Talento Humano tiene plazo hasta el 31 de enero de 2026 para desarrollar mesas técnicas. El objetivo es definir procedimientos claros y metodologías uniformes.
La medida fue dispuesta por el Pleno del organismo, presidido por Mario Godoy. El anuncio surge en un contexto político sensible y genera inquietud en varios sectores del ámbito jurídico.
De acuerdo con información extraoficial, los jueces temporales reemplazarían a cerca de 51 magistrados. Estos fueron separados de sus cargos en los últimos doce meses. Las provincias afectadas incluyen Cotopaxi, El Oro, Tungurahua, Los Ríos, Bolívar, Manabí, Guayas y Esmeraldas.
Designación de jueces temporales genera críticas legales
La decisión provocó cuestionamientos entre juristas, abogados y constitucionalistas. Varios consideran que el proceso resulta irregular e inoportuno. También advierten posibles riesgos para la independencia judicial.
Las críticas se intensifican porque Mario Godoy enfrenta una solicitud de juicio político en la Asamblea Nacional. Para algunos sectores, este escenario debilita la legitimidad de cualquier intento de renovación judicial.
Ciro Guzmán, director del Colegio de Abogados de Pichincha, señaló que el mecanismo podría facilitar el control político de la Justicia. Afirmó que el Gobierno buscaría influir en los nombramientos mientras Godoy permanezca en el cargo.
Guzmán calificó la medida como una aberración jurídica. Además, alertó sobre posibles intereses políticos y económicos que podrían estar vinculados a decisiones judiciales futuras.

Independencia judicial en riesgo por jueces temporales
El constitucionalista Luis Ávila advirtió que la designación de jueces temporales afecta la estabilidad laboral. También perjudica la carrera judicial de los servidores públicos.
Ávila coincidió en que el Gobierno podría intentar concentrar poder en la Función Judicial. A su criterio, la ausencia de concursos públicos debilita la imparcialidad de los jueces.
Recordó que la Corte Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Integridad Pública en septiembre de 2025. Esa norma permitía declarar en emergencia a la Función Judicial y habilitaba evaluaciones y contrataciones extraordinarias.
Según Ávila, la Corte fue clara al señalar que no se pueden nombrar jueces temporales de forma general. Explicó que estos solo deben actuar en casos excepcionales, como calamidades domésticas o fallecimientos de jueces titulares.
Abogados piden concursos públicos para jueces titulares
Abogados y constitucionalistas exhortaron al Consejo de la Judicatura a convocar concursos públicos. Aunque el proceso tome más tiempo, consideran que garantiza mayor transparencia.
Luis Ávila y el penalista Pablo Encalada coincidieron en que la estabilidad es clave para la independencia judicial. Para Encalada, la figura del juez temporal genera dudas sobre su imparcialidad.
Señaló que los jueces provisionales dependen de renovaciones constantes. Esto los expone a presiones administrativas y políticas.
El debate cobra mayor relevancia porque Mario Godoy enfrenta señalamientos por presunto tráfico de influencias. En ese contexto, el análisis sobre la designación de jueces temporales mantiene en alerta al sistema judicial.
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