La ciudad de Quito, corazón administrativo y capital de los ecuatorianos, mantiene su instrumental sistema de regulación de circulación vehicular. Este sistema, popularmente conocido como Pico y Placa, es una estrategia de gestión de tránsito indispensable para mitigar la congestión vehicular en las horas de mayor demanda. Por lo tanto, es fundamental que todos los conductores quiteños conozcan y respeten el horario del pico y placa establecido para este día.
Restricciones y Horario del Pico y Placa Aplicable a Placas 3 y 4
Específicamente para la jornada de este martes, 18 de noviembre de 2025, la normativa de movilidad establece una prohibición de circulación muy clara. De manera explícita, la restricción se aplica a todos los vehículos particulares cuyas placas terminan en los dígitos 3 y 4. Es imprescindible que los propietarios de estos automotores planifiquen sus desplazamientos con suficiente antelación para acatar rigurosamente el horario del pico y placa en Quito.
La restricción opera en dos franjas horarias bien definidas que coinciden con los momentos de máxima afluencia de tráfico en la urbe. Por la mañana, el horario del pico y placa inicia a las 06:00 y se extiende de manera ininterrumpida hasta las 09:30. Posteriormente, la restricción se retoma en la tarde, entrando en vigor a las 16:00 y culminando a las 20:00. Consecuentemente, la aplicación correcta y el acatamiento de este horario del pico y placa son vitales para la fluidez del tránsito y para evitar sanciones. Es importante recalcar que los vehículos que deben acatar esta medida de prohibición de circulación incluyen indistintamente a los automóviles y a las motocicletas.
Multas por Incumplir el Horario del Pico y Placa
El régimen sancionatorio vigente está diseñado para disuadir el incumplimiento de la normativa de restricción vehicular en Quito. Es evidente que circular en contravención del horario del pico y placa sin la debida excepción o autorización conllevará severas multas económicas. Inicialmente, los conductores que cometan la primera infracción recibirán una sanción pecuniaria de $70,50, lo que equivale al 15 % del Salario Básico Unificado (SBU).
Asimismo, la reincidencia incrementa la penalización progresivamente. La segunda infracción eleva el monto a $141,00, que corresponde al 30 % del SBU. Finalmente, la tercera contravención implica el pago de $235,00, lo cual representa la mitad de un SBU ($470 para el año 2025). Sin embargo, es relevante notar que, tras la aprobación de las reformas a la ordenanza que regula esta restricción vehicular, se ha prohibido la retención o el ingreso a los patios de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) de los vehículos que infrinjan el horario del pico y placa.
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