- Duván Armando P. fue sentenciado a 26 años de privación de libertad por el delito de femicidio.
- El crimen fue perpetrado en Latacunga, donde el agresor intentó aparentar un suicidio para evadir la justicia.
- La Fiscalía General del Estado sustentó la acusación mediante pruebas médico-legales y peritajes técnicos.
- El fallo judicial contempla reparación económica integral y tratamiento para los familiares de la víctima.
Un Tribunal de Garantías Penales de la provincia de Cotopaxi sentenció a 26 años de prisión al ciudadano Duván Armando P., tras declararlo culpable en calidad de autor del delito de femicidio cometido contra su cónyuge. La resolución de los magistrados puso fin al juzgamiento de este hecho violento suscitado en Latacunga, donde el sentenciado desplegó maniobras para ocultar su responsabilidad penal.
Las investigaciones lideradas por la Fiscalía General del Estado revelaron que el procesado acudió en primera instancia a dependencias policiales para simular un altercado previo y alegar una supuesta autoeliminación. No obstante, las experticias forenses, la reconstrucción balística y la necropsia determinaron lesiones traumáticas premórtem incompatibles con la versión del victimario, confirmando asfixia violenta.
Pruebas concluyentes y combate a la impunidad de género
Durante la etapa de juicio, el fiscal acreditó testimonios periciales, informes de autopsia psicológica y antecedentes de violencia intrafamiliar continuada, encuadrando la conducta en los artículos correspondientes del Código Orgánico Integral Penal. Esta fundamentación probatoria fue validada en su totalidad por los jueces del Consejo de la Judicatura al emitir el fallo unánime.
La sentencia representa un precedente en la sanción de crímenes contra la mujer en la región central, reforzando la aplicación efectiva de la ley ante agresiones extremas, en un contexto en el que se investigan los efectos de la violencia letal contra mujeres en Ecuador para prevenir la repetición de tragedias familiares.
La condena incluye la reparación integral para los hijos y deudos directos de la víctima, así como medidas de contención psicológica permanente, ratificando el compromiso institucional de actuar con firmeza frente a delitos de violencia de género en el país.
El agente fiscal a cargo del caso expuso en el juicio los resultados de las pericias criminalísticas y de planimetría forense, las cuales confirmaron que los indicios materiales encontrados en la vivienda fueron manipulados de manera intencional para construir un falso escenario de suicidio y deslindar responsabilidades penales del acusado.
Los informes médicos forenses determinaron que la víctima presentaba múltiples traumatismos defensivos en sus extremidades superiores y signos claros de asfixia mecánica violenta, descartando de forma categórica que las lesiones hubieran sido autoinfligidas, tal como pretendió argumentar la defensa técnica en las etapas iniciales de la causa penal.
El tribunal valoró además los testimonios del entorno familiar y social que dieron cuenta de un patrón recurrente de agresiones físicas y psicológicas ejercidas por el sentenciado en el ámbito conyugal, configurando las circunstancias agravantes contempladas en la legislación ecuatoriana contra la violencia de género.
La sentencia de 26 años de privación de libertad fue considerada por organizaciones de derechos humanos como un precedente fundamental en la lucha contra la impunidad en Cotopaxi. Los jueces dispusieron además la atención psicológica obligatoria para los deudos directos y medidas de protección integral para los menores afectados.
En su resolución verbal, el tribunal penal dispuso que la sentencia sea remitida a las instancias de control penitenciario para asegurar que el privado de libertad cumpla la totalidad de los 26 años sin beneficios de prelibertad, dada la gravedad del delito de femicidio tipificado con agravantes en la normativa penal ecuatoriana.
Defensores públicos y representantes de la sociedad civil destacaron que la articulación oportuna entre peritos policiales, médicos legistas y fiscales fue determinante para desvirtuar la tesis del suicidio en tiempo récord. El caso sienta un precedente de rigor pericial en la administración de justicia de la provincia de Cotopaxi frente a crímenes de odio y violencia machista.
Los jueces enfatizaron en su resolución que no existirá tolerancia ante agresiones conyugales en la jurisdicción andina, reiterando que los órganos judiciales y de policía judicial actuarán de oficio ante la menor alerta de violencia de género para salvaguardar la vida e integridad física de las víctimas en los siete cantones de Cotopaxi.









