El presidente Daniel Noboa ha tomado una medida trascendental al instituir un bono extraordinario destinado a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en reconocimiento a su labor en el contexto del conflicto armado interno declarado en el Decreto Ejecutivo 111 del 9 de enero.
Este bono será otorgado a aquellos militares y policías que, como resultado de los enfrentamientos y hostilidades a los que se han enfrentado, se encuentren en un estado de vulnerabilidad, calificado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
La medida, formalizada a través del Decreto Ejecutivo 177, rubricado por el presidente el viernes 23 de febrero, establece que el bono será una compensación económica única, equivalente a un salario básico unificado, fijado en $ 460 para el año 2024.
En caso de fallecimiento de los uniformados debido a los enfrentamientos y hostilidades, el beneficio del bono será transferido a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y primero de afinidad, según lo dispuesto en el decreto.
La distribución de este bono estará a cargo del MIES y se regirá por tres parámetros específicos:
- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Comandancia General de la Policía Nacional proporcionarán las listas de los beneficiarios potenciales para su verificación por parte del MIES, de acuerdo con el procedimiento establecido por este último.
- Los requisitos y procedimientos de verificación realizados por el MIES deberán estar estrechamente alineados con la condición de vulnerabilidad adquirida como consecuencia de las funciones desempeñadas y los enfrentamientos sufridos en el marco del Decreto 111.
- El MIES mantendrá un registro actualizado de los beneficiarios del bono de manera semanal.
El Decreto 177 establece un plazo de cinco días, a partir de su publicación, para que el MIES emita la normativa correspondiente que defina los requisitos y procedimientos para la concesión del bono. Los recursos para este fin provendrán del presupuesto del ministerio, sin que ello afecte a otros beneficiarios, según se precisa en el decreto presidencial.
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