- Las mujeres gestantes desde el sexto mes de embarazo no pagarán multas del CNE.
- La exoneración beneficia también a madres en su primer año de lactancia continua.
- La disposición acata una resolución jurisprudencial del Tribunal Contencioso Electoral.
- Las solicitudes se tramitarán con certificado médico en delegaciones provinciales electorales.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) confirmó la entrada en vigor de una reforma normativa que exonera del pago de sanciones económicas a las mujeres que se encuentren cursando el sexto mes de gestación en adelante, así como a aquellas que se hallen dentro de su primer año de lactancia materna, de cara a los comicios seccionales del 29 de noviembre de 2026.
La medida ajusta el Reglamento de Trámites en Sede Administrativa en estricta observancia de la sentencia emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el pasado 25 de marzo, precautelando las condiciones biológicas y de salud de las madres y recién nacidos durante los procesos cívicos obligatorios.
Procedimiento de justificación y documentación médica
El trámite de justificación podrá iniciarse desde el día posterior a las votaciones ante la secretaría de cualquiera de las delegaciones provinciales electorales del país. Para certificar el embarazo, la electora deberá consignar un certificado emitido por profesionales de la red pública integral de salud o médicos privados colegiados.
En tanto, para justificar la inasistencia por periodo de lactancia materna, bastará con adjuntar la partida de nacimiento del menor o el acta de inscripción en el Registro Civil que demuestre que el infante no ha superado los doce meses de vida a la fecha de la elección.
El respeto a los derechos ciudadanos y la defensa de los sectores vulnerables constituyen pilares esenciales del marco legal en Ecuador, tal como se observa en los litigios de garantías colectivas donde el conflicto de tierras comunales en Puná desató tensión legal en Guayas, exigiendo que las instituciones estatales actúen con justicia y proporcionalidad.
Voto asistido y brigadas móviles de empadronamiento
Adicionalmente a la exoneración de multas pecuniarias, el CNE ratificó que mantendrá habilitada la modalidad de ‘Voto Preferente’ y ‘Voto Asistido’ en todos los recintos electorales del territorio nacional. Las mujeres en estado de gestación avanzada tendrán prioridad de ingreso a las mesas de votación sin necesidad de formar filas, y podrán solicitar el acompañamiento de una persona de su confianza si requieren asistencia física para depositar sus papeletas en las urnas.
Resolución en tres días y ahorro para las familias
Los directores provinciales del CNE contarán con un plazo perentorio de tres días hábiles para resolver y notificar formalmente la aceptación de las solicitudes ingresadas, evitando demoras burocráticas a las ciudadanas.
Voto preferente y brigadas móviles de empadronamiento
De forma paralela a la exoneración de cargos económicos, el CNE ratificó que mantendrá habilitada la modalidad de ‘Voto Preferente’ y ‘Voto Asistido’ en todos los recintos electorales del país. Las mujeres en estado de gravidez avanzada contarán con prioridad de paso a las juntas receptoras del voto sin necesidad de realizar filas, y podrán requerir el acompañamiento de una persona de su entera confianza si necesitan auxilio físico para depositar las papeletas en las urnas.
La no concurrencia a las urnas conlleva una multa del 10 % del Salario Básico Unificado y la inasistencia a juntas receptoras del voto acarrea un cargo del 15 % del SBU, costos que dejaban en desamparo financiero a madres en reposo pre y posnatal antes de la aprobación de esta reforma electoral.









