- Los magistrados provinciales confirmaron la condena de 29 años y cuatro meses de privación de libertad.
- La Fiscalía demostró los hechos con peritajes forenses, médicos y testimonio en cámara Gesell.
- El sentenciado queda inhabilitado de por vida para ejercer cargos en el sistema educativo nacional.
- El fallo dispone una reparación integral económica y apoyo psicológico continuo a la víctima.
La Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo ratificó este 23 de septiembre de 2026 la condena de 29 años y cuatro meses de reclusión contra un profesor de educación básica declarado autor del delito de abuso sexual continuado con agravantes en perjuicio de un estudiante, en un dictamen judicial ejemplar que refuerza los mecanismos estatales para la formación de operadores de justicia y el juzgamiento riguroso de delitos graves en Ecuador.
Los jueces provinciales rechazaron de forma unánime el recurso de apelación presentado por el procesado, confirmando la plena validez de las pruebas periciales, médicas y testimoniales aportadas por la Fiscalía General del Estado, manteniendo el más estricto resguardo sobre la identidad de la víctima en cumplimiento de la normativa de protección de menores.
Peritajes médicos, psicológicos y agravantes de ley
El proceso demostró fehacientemente que los abusos se cometieron en una escuela del cantón Pallatanga, aprovechándose el docente de su autoridad pedagógica sobre la víctima. La acusación fiscal sustentó los hechos mediante el testimonio anticipado del menor en cámara de Gesell, exámenes médico-legales concluyentes y valoraciones periciales de entorno social avaladas por el Consejo de la Judicatura.
El fallo ratificado consideró la concurrencia de circunstancias agravantes contempladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), al haberse vulnerado la indemnidad sexual de una persona en situación de indefensión y custodia educativa directa.
Garantías procesales y jurisprudencia de protección integral
El fallo ratificado por los jueces de la Corte Provincial de Chimborazo se alinea con la jurisprudencia vinculante de la Corte Nacional de Justicia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconocen el testimonio de menores víctimas de violencia sexual como prueba fundamental cuando es rendido con asistencia pericial en entornos protegidos como la cámara de Gesell, evitando la revictimización durante el juicio oral.
Asimismo, la sentencia dispone que el Ministerio de Educación y los distritos escolares fortalezcan los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE), implementando canales confidenciales de denuncia para que alumnos y padres puedan alertar oportunamente sobre cualquier conducta inapropiada de docentes o personal administrativo en las instituciones educativas de las zonas rurales y urbanas de la provincia.
Reparación integral e inhabilitación definitiva
Además de la pena privativa de libertad, la sentencia ratificada obliga al condenado al pago de una indemnización por concepto de reparación integral que incluye tratamiento psicológico prolongado para la víctima y su entorno familiar, así como una multa económica de 800 salarios básicos unificados.
El tribunal determinó además que el sentenciado no podrá acceder a beneficios penitenciarios de prelibertad o régimen semiabierto, debiendo cumplir la totalidad de la pena de forma efectiva en el centro de privación de libertad asignado por el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).
En el ámbito administrativo, el Ministerio de Educación fue notificado para mantener la inhabilitación absoluta y perpetua del agresor para desempeñar labores en instituciones educativas de todo el país, garantizando que no vuelva a tener contacto con menores de edad.
Fortalecimiento de entornos escolares seguros
Organizaciones defensoras de los derechos de la infancia celebraron la firmeza del fallo judicial, instando a las autoridades educativas a mejorar los protocolos de alerta temprana en los planteles escolares para impedir que hechos de esta naturaleza queden en la impunidad.
Voceros del magisterio provincial señalaron que es indispensable consolidar veedurías ciudadanas integradas por comités de padres de familia y delegados barriales en cada cantón, asegurando que cualquier sospecha de acoso sea investigada con celeridad sin dilaciones burocráticas ni traslados administrativos que encubran las faltas disciplinarias.
La ratificación de esta condena sienta un precedente institucional determinante en la provincia de Chimborazo, reafirmando el compromiso del Estado con la tutela efectiva de la niñez y la erradicación de toda violencia en las aulas ecuatorianas.









