Casi 480.000 estudiantes de la Sierra y la Amazonía asisten a colegios privados o fiscomisionales que cobran pensión y matrícula. Antes de regresar a clases en septiembre, muchas familias se preguntan cuándo puede subir la pensión un colegio privado y qué respalda esos incrementos.
La respuesta está en el Reglamento para la Regulación de Pensiones y Matrículas en las Instituciones Educativas Particulares y Fiscomisionales del Sistema Nacional de Educación. Esta norma limita los aumentos a cuatro escenarios concretos, autorizados por el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura (Minedec).
Los tres casos de incremento por inversión
Tres de los cuatro casos permitidos están ligados a una mayor inversión del plantel. Este tipo de solicitud puede presentarse cada dos años y su porcentaje máximo está atado a la tasa de interés que fija el Banco Central para el segmento de educación, ubicada en 9,5 % en agosto de 2026.
Inversión en gestión educativa
Un colegio puede pedir el aumento si necesita ampliar su planta docente, directiva, administrativa o de apoyo estudiantil, subir sueldos para dar estabilidad laboral, financiar capacitaciones del personal, mejorar bibliotecas o avanzar hacia acreditaciones internacionales que eleven la calidad educativa.
Inversión en infraestructura educativa
Este escenario cubre gastos como la compra de terrenos y edificios, obras en construcción, adecuaciones de instalaciones y mejoras en inmuebles arrendados que use la institución.
Inversión en recursos educativos y tecnológicos
Aquí entran las plataformas educativas o tecnológicas pagadas, los computadores, la conexión a internet y otros equipos de comunicación, además del mobiliario y la tecnología necesarios para reforzar las habilidades vinculadas al bachillerato.
El cuarto caso: sostenibilidad del empleo
El cuarto motivo para subir pensiones y matrículas busca garantizar puestos de trabajo estables y en condiciones justas para los docentes. A diferencia de los casos de inversión, este puede solicitarse cada año, y su tope depende de la variación del Salario Básico Unificado (SBU), que entre 2025 y 2026 subió 2,553 %.
Qué trámite deben seguir los colegios
Los planteles con permiso de funcionamiento vigente que quieran subir sus valores deben presentar la solicitud ante el Distrito Educativo de su jurisdicción. En ese pedido tienen que especificar a cuál de los cuatro casos se acogen, el porcentaje que buscan y la documentación que respalda la petición.
Si el motivo es inversión, el colegio debe detallar al Ministerio los planes de inversión para los próximos dos años. Si el motivo es sostenibilidad del empleo, en cambio, debe presentar un flujo de caja proyectado para el mismo período. Cuando el establecimiento cumple los requisitos, la Gestión Distrital emite una resolución que aprueba el incremento.
Los padres o representantes que quieran conocer la resolución completa de costos de un colegio específico pueden solicitarla al correo transparenciame@educacion.gob.ec, indicando nombre completo y cédula de ciudadanía.
Otros gastos del regreso a clases
Además de la pensión, las familias deben cubrir útiles escolares, uniformes y libros. Según el Minedec, ese conjunto de gastos no debería superar el valor del décimo cuarto sueldo, fijado en USD 486 para 2026.
Cómo denunciar un cobro excesivo
El Minedec habilita varios canales para reportar irregularidades o aumentos sin autorización:
- Línea telefónica 1-800-338222.
- Denuncias presenciales en los Distritos Educativos del país.
- El formulario en línea del sitio web del Ministerio.
- Los correos info@educacion.gob.ec, mogac@educacion.gob.ec y solicitud.enlinea@educacion.gob.ec.
- Las redes oficiales del Ministerio en Facebook, Instagram, X y TikTok.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto puede pedir un colegio el aumento por inversión?
Puede solicitarlo cada dos años. El porcentaje máximo autorizado está limitado por la tasa de interés que el Banco Central establece para el segmento de educación, que en agosto de 2026 es de 9,5 %. El colegio debe respaldar el pedido con un plan de inversión proyectado para los siguientes dos años ante el Distrito Educativo.
¿Qué diferencia hay con el aumento por sostenibilidad del empleo?
Este caso puede pedirse cada año, no cada dos, y su tope depende de la variación del Salario Básico Unificado, de 2,553 % entre 2025 y 2026. El colegio debe justificarlo con un flujo de caja proyectado y el objetivo es asegurar condiciones laborales estables para los docentes.
¿Quién autoriza el incremento de pensiones?
La Gestión Distrital del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura evalúa la solicitud de cada colegio o escuela y emite una resolución de aprobación solo si el plantel cumple los requisitos del caso invocado y presenta la documentación exigida.
¿Cómo sé si el aumento de mi colegio está autorizado?
Los padres pueden pedir la resolución de costos de un plantel específico al correo transparenciame@educacion.gob.ec, adjuntando nombre completo y cédula de ciudadanía. Si sospechan de un cobro sin autorización, pueden denunciarlo por la línea 1-800-338222 o en el Distrito Educativo correspondiente.
Conclusión
Los colegios privados y fiscomisionales solo pueden subir la pensión de un colegio privado bajo cuatro figuras reguladas: tres por inversión educativa y una por sostenibilidad del empleo. Cada una exige un trámite específico ante el Distrito Educativo y una resolución que respalde el incremento, lo que da a las familias una vía clara para verificar y, de ser necesario, denunciar cobros no autorizados.
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