El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ratificó mediante el Decreto Ejecutivo No. 565, publicado el 18 de marzo. Que el dólar estadounidense seguirá siendo el único medio de pago oficial en el país. Esta decisión se enmarca dentro de la estrategia del gobierno para “fortalecer la dolarización” en el país, una medida que ha generado tanto apoyo como controversia. Noboa subraya que la estabilidad económica y la preservación de la dolarización son elementos clave para asegurar el desarrollo y la solidez financiera de Ecuador.
Objetivo de la ratificación de la dolarización
En una entrevista reciente, el presidente Daniel Noboa explicó que el propósito principal del decreto es afianzar la política de dolarización en el país. Esta medida se da en un contexto donde varios sectores, principalmente ligados al correísmo. Han propuesto la utilización de métodos de pago alternativos que podrían generar inestabilidad en el sistema financiero nacional. Noboa manifestó que su gobierno está comprometido con el mantenimiento del dólar como moneda oficial para evitar cualquier intento de debilitar esta política económica.
Detalles del Decreto Ejecutivo No. 565
El Decreto Ejecutivo No. 565 ratifica de manera explícita que el dólar de los Estados Unidos de América será la única unidad monetaria en Ecuador. A continuación, se detallan los puntos clave de este decreto:
- Artículo 1: El decreto ratifica que el dólar estadounidense es la unidad monetaria y el único medio de pago oficial en la República del Ecuador.
- Artículo 2: El presidente instó a la bancada de Alianza Democrática Nacional (ADN) en la Asamblea Nacional a proponer una reforma constitucional para asegurar que la política monetaria sea una facultad exclusiva del Ejecutivo. A través del Banco Central del Ecuador. La reforma también establece que todas las transacciones monetarias, financieras y contables deben expresarse en dólares estadounidenses.
Propuesta de reforma constitucional
En el mismo sentido, Noboa llamó a la bancada de ADN a impulsar una reforma al artículo 303 de la Constitución de Ecuador. Este artículo actualmente establece que las políticas monetarias son competencia del Ejecutivo, pero la nueva propuesta tiene como objetivo clarificar y fortalecer el marco legal para la dolarización. Garantizando que la formulación de políticas monetarias, crediticias, cambiarias y financieras quede exclusivamente bajo la autoridad del gobierno, a través del Banco Central.
La propuesta de reforma al artículo 303 incluye los siguientes elementos clave:
- Exclusividad de la Función Ejecutiva: La formulación de las políticas monetarias, crediticias, cambiarias y financieras sería exclusiva del Ejecutivo. Ejecutada a través del Banco Central del Ecuador.
- Expresión de transacciones en dólares: Todas las transacciones y operaciones monetarias deben expresarse en dólares, asegurando la estabilidad de la dolarización.
- Prohibición de emisión de moneda paralela: El Banco Central no podrá emitir monedas distintas al dólar y se compromete a trabajar para mantener un sistema monetario estable.
- No financiamiento a instituciones públicas: El Banco Central no proporcionará financiamiento directo ni indirecto a instituciones del sector público, una medida que busca evitar la distorsión de la política monetaria.
- Fomento a la estabilidad financiera: El Banco Central tendrá la tarea de fomentar y mantener un sistema financiero estable, protegiendo la integridad
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