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TCE suspende por nueve meses al movimiento Revolución Ciudadana por investigación de lavado de activos

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El Juez del TCE ordenó la suspensión provisional por nueve meses del movimiento Revolución Ciudadana del registro de organizaciones políticas del Consejo Nacional Electoral. La decisión se tomó mientras avanza una investigación por presunto lavado de activos vinculada al denominado caso Caja Chica.

La medida fue dictada por el magistrado Joaquín Viteri el 6 de marzo de 2026. La resolución se produjo después de que el tribunal admitiera una denuncia presentada por el fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón.

El proceso judicial analiza posibles irregularidades financieras que involucran a dirigentes relacionados con el movimiento político.

Juez del TCE dispone suspensión temporal del movimiento

El Juez del TCE resolvió suspender de forma provisional a Revolución Ciudadana del registro permanente de organizaciones políticas. Este registro es administrado por el Consejo Nacional Electoral.

La denuncia que motivó la decisión fue presentada el 4 de marzo de 2026. Dos días después, el tribunal aceptó el trámite y adoptó la medida cautelar.

La suspensión tendrá una duración inicial de nueve meses mientras se desarrollan las investigaciones penales.

Juez del TCE

Base legal utilizada por el Juez del TCE

La resolución se sustenta en el artículo 374 del Código de la Democracia. Esta norma permite al Tribunal Contencioso Electoral sancionar a organizaciones políticas dentro de procesos por infracciones electorales.

Entre las sanciones previstas están las multas que van desde diez hasta cien remuneraciones mensuales unificadas. También se contempla la suspensión temporal de una organización política hasta por 24 meses.

La legislación permite aplicar estas medidas cuando la Fiscalía solicita la intervención del tribunal en investigaciones por lavado de activos que involucren directamente a organizaciones políticas.

Fiscalía deberá informar cada 30 días

El tribunal estableció que la Fiscalía General del Estado deberá enviar informes periódicos sobre el avance del caso.

Mientras la suspensión esté vigente, la institución tendrá que remitir reportes cada 30 días al Tribunal Contencioso Electoral.

Si se produce una novedad importante dentro de la investigación, la Fiscalía deberá comunicarla inmediatamente al tribunal.

La suspensión podría levantarse antes del plazo

El magistrado también dejó abierta la posibilidad de levantar la medida antes de los nueve meses.

Esto podría ocurrir si cambian las circunstancias que motivaron la decisión inicial. En ese caso, el tribunal podría revocar la suspensión de oficio o a solicitud de las partes involucradas.

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Fuente:

www.radiopichincha.com

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