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Elecciones 2026: la multa por no votar sera de 48,20 dolares en noviembre

Ciudadanos votando en comicios seccionales de Ecuador
4 min de lectura
  • Los comicios seccionales y del CPCCS se celebrarán el domingo 29 de noviembre de 2026 en todo el país.
  • La inasistencia injustificada conlleva una sanción del 10% del salario básico unificado (48,20 dólares).
  • El voto es facultativo para jóvenes de 16 y 17 años, adultos mayores y miembros de la fuerza pública.
  • Quienes no integren las juntas receptoras del voto recibirán una multa adicional acumulativa.

El Consejo Nacional Electoral confirmó las sanciones financieras vigentes para los comicios seccionales y la elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social fijados para el 29 de noviembre de 2026. Quienes tengan la obligación democrática de sufragar y no acudan a las urnas enfrentarán una multa por no votar de 48,20 dólares, salvo que presenten una justificación legítima ante el órgano comicial.

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De conformidad con la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, el monto de la sanción pecuniaria equivale exactamente al 10% de un salario básico unificado (SBU) vigente. La normativa rige para todos los ciudadanos ecuatorianos mayores de 18 años y menores de 65 años que no gocen de voto facultativo.

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Grupos poblacionales exentos de la multa por no votar

El marco electoral ecuatoriano establece que el sufragio tiene carácter facultativo para determinados sectores de la sociedad, por lo que su inasistencia a los recintos electorales no genera sanciones económicas ni bloqueos administrativos. Entre ellos figuran los jóvenes de 16 y 17 años, las personas mayores de 65 años, los ecuatorianos domiciliados en el exterior, los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y las personas con discapacidad certificada.

Por disposición del Consejo Nacional Electoral, los ciudadanos que no sufraguen deberán cancelar la penalidad antes de poder tramitar el certificado definitivo de votación, un documento indispensable para efectuar contratos públicos, operaciones notariales y trámites financieros en ventanillas bancarias.

El sistema informático del CNE habilitará canales de recaudación en línea mediante tarjetas de débito y crédito, además de ventanillas autorizadas en bancos y cooperativas de ahorro. Los infractores que no cancelen los valores pendientes acumularán intereses de ley y mantendrán bloqueados ciertos trámites estatales.

En el caso de los miembros de las juntas receptoras del voto que no asistan a la capacitación obligatoria o no se presenten a conformar las mesas el día del escrutinio, la ley estipula sanciones económicas adicionales que superan el 15% de un SBU, incrementando la deuda acumulada del infractor.

Justificaciones legales y renovación de autoridades

Los electores que enfrenten impedimentos de fuerza mayor podrán tramitar la exoneración de la multa dentro de un plazo improrrogable de 30 días posteriores al día de los comicios. Las causales admitidas comprenden calamidad doméstica grave, hospitalización médica debidamente avalada con certificado del sistema público de salud, y viajes imprevistos al extranjero debidamente justificados con sellos migratorios en el pasaporte.

El Código de la Democracia dispone que el pago de las multas electorales no prescribe de manera inmediata y genera impedimento legal para ejercer cargos públicos en instituciones del Estado. Quienes mantengan deudas pendientes con el CNE no podrán posesionarse en funciones de elección popular ni suscribir contratos de prestación de servicios profesionales con entidades gubernamentales.

La cita en las urnas permitirá renovar prefecturas, alcaldías, concejalías y juntas parroquiales, además de los integrantes del Consejo de Participacion Ciudadana, en una jornada cívica que pondrá a prueba la capacidad logística del Estado.

Este proceso electoral avanza conforme al calendario oficial, en paralelo a las adecuaciones tecnológicas implementadas en los centros de procesamiento de datos, similares a las medidas adoptadas cuando el organismo electoral adecuo sus sistemas de conteo, garantizando la transparencia del padrón comicial en todas las provincias del país.

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