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CPCCS aprueba reglamento para elegir al nuevo Procurador General del Estado

CPCCS aprueba reglamento técnico para designar al nuevo Procurador General del Estado
4 min de lectura
  • El organismo aprobó el reglamento técnico para tramitar la terna del Ejecutivo.
  • El procedimiento consta de cuatro fases que incluyen escrutinio e impugnación.
  • La ciudadanía tendrá cinco días de término para formular objeciones fundamentadas.
  • Una veeduría vigilará los criterios de especialidad y méritos de los aspirantes.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) dio un paso institucional decisivo este miércoles 4 de noviembre de 2026 al aprobar formalmente el reglamento técnico que normará el proceso de designación para el nuevo procurador general del estado. La decisión fue adoptada durante una sesión plenaria ordinaria, en la que los consejeros definieron las directrices jurídicas y metodológicas bajo las cuales se evaluará a los integrantes de la terna que remitirá el presidente de la República, Daniel Noboa.

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El futuro funcionario reemplazará en el cargo a Juan Carlos Larrea, quien ha venido desempeñando la titularidad de la Procuraduría General del Estado. El nuevo marco normativo establece que la designación se fundamentará de manera estricta en parámetros de probidad notoria, trayectoria jurídica verificable, especialidad profesional y transparencia pública, evitando discrecionalidades políticas en una institución que ejerce la representación judicial y el patrocinio del Estado ecuatoriano.

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Fases reglamentarias para designar al nuevo procurador general del estado

El reglamento estructurado por el cuerpo colegiado contempla cuatro etapas procesales de cumplimiento obligatorio. En la primera fase, una comisión técnica multidisciplinaria se encargará de constatar el cumplimiento minucioso de los requisitos constitucionales y legales, además de verificar la ausencia de inhabilidades, prohibiciones o conflictos de interés entre los tres postulantes nominados por el Ejecutivo.

La segunda etapa abrirá formalmente el periodo de escrutinio público e impugnación ciudadana. Durante este intervalo, cualquier persona natural, organización social o gremio profesional dispondrá de un término improrrogable de cinco días hábiles para presentar objeciones documentadas contra cualquiera de los candidatos. Las impugnaciones deberán sustentar con pruebas materiales eventuales faltas a la probidad, sanciones administrativas o incompatibilidades normativas.

Superada la etapa de objeciones y una vez sustanciadas las audiencias públicas de descargo correspondientes, los candidatos habilitados accederán a la tercera fase, orientada a la exposición de sus planes de trabajo institucionales. Cada profesional deberá defender ante el Pleno del CPCCS su visión estratégica sobre el patrocinio jurídico estatal, el arbitraje internacional de inversiones y la defensa patrimonial del país ante tribunales foráneos.

Finalmente, la cuarta fase consistirá en la deliberación y resolución motivada del Pleno, mediante la cual se proclamará al titular definitivo. Toda la gestión institucional guardará correspondencia con las dinámicas de control político que se ventilan en los poderes públicos, tal como se evidencia en los recientes debates legislativos donde la Asamblea tramita tratado de extradición penal las prioridades institucionales de la administración nacional.

Requisitos constitucionales y desafíos para la defensa del Estado

De acuerdo con el mandato establecido en el artículo 235 de la Carta Magna, quien aspire a liderar la Procuraduría General del Estado debe acreditar al menos diez años de ejercicio profesional en la abogacía, la judicatura o la docencia universitaria con reconocida probidad. Asimismo, los candidatos no podrán registrar glosas confirmadas por la Contraloría, deudas tributarias pendientes con el Servicio de Rentas Internas ni sanciones emitidas por el Consejo de la Judicatura.

El nuevo procurador enfrentará un escenario de alta exigencia técnica en el ámbito de litigios internacionales, donde el Estado ecuatoriano litiga demandas millonarias interpuestas por corporaciones multinacionales bajo tratados bilaterales de inversión. Analistas jurídicos recalcan que la solidez técnica de la defensa estatal resulta determinante para salvaguardar las finanzas públicas frente a laudos arbitrales en cortes de Washington, La Haya y París.

Veeduría ciudadana y solemnidad de la posesión parlamentaria

Para dotar de legitimidad social a este trascendental concurso público, el CPCCS conformará de manera paralela una veeduría ciudadana independiente. Dicho equipo ciudadano acompañará cada diligencia administrativa, revisará la foliación de expedientes y emitirá informes de observancia que certifiquen el respeto irrestricto a los principios de publicidad, contradicción y méritos consagrados en la Constitución.

Conforme lo determina el ordenamiento jurídico de la República, una vez que el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social emita la resolución final vinculante de designación, la notificación oficial será remitida de forma inmediata a la sede del Poder Legislativo. Corresponderá a la Asamblea Nacional convocar a una sesión plenaria solemne para proceder con la juramentación y posesión formal de la flamante autoridad, quien asumirá la defensa de los recursos públicos de todos los ecuatorianos.

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