- El presidente Daniel Noboa oficializó un nuevo toque de queda en Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo 370.
- La restricción de movilidad comenzará a las 23:00 del domingo 3 de mayo y se extenderá hasta las 05:00 del lunes 18 de mayo de 2026.
- Durante este periodo, estará suspendido el derecho a la libertad de tránsito en el horario nocturno establecido.
El presidente Daniel Noboa oficializó un nuevo toque de queda en Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo 370. Una medida que busca reforzar la seguridad en varias provincias y cantones del país. La disposición incluye restricciones de movilidad nocturna, suspensión de ciertos derechos y operativos especiales de control.

¿Desde cuándo rige el toque de queda?
La restricción de movilidad comenzará a las 23:00 del domingo 3 de mayo y se extenderá hasta las 05:00 del lunes 18 de mayo de 2026.
Durante este periodo, estará suspendido el derecho a la libertad de tránsito en el horario nocturno establecido. Como parte del estado de excepción decretado por el Gobierno.
Las provincias y cantones donde aplica la medida
El toque de queda regirá en nueve provincias del país: Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos.
Además, también se aplicará en cuatro cantones específicos: La Maná, Las Naves, Echeandía y La Troncal, donde las autoridades reforzarán los operativos de seguridad.
Suspensión de derechos y controles especiales
El decreto también contempla la suspensión de la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, lo que permite allanamientos inmediatos cuando existan indicios razonables sobre la presencia de grupos armados organizados, armas o explosivos.
Estas acciones deberán realizarse respetando el debido proceso, así como los principios de necesidad, proporcionalidad e idoneidad.
Quiénes sí podrán circular durante la restricción
Existen excepciones para sectores esenciales que podrán movilizarse durante el horario restringido. Entre ellos están los servicios de salud públicos y privados, la fuerza pública, entidades de seguridad y organismos encargados de la gestión de riesgos, emergencias y desastres.
Además, las autoridades podrán evaluar casos justificados de movilización durante el toque de queda.
Fuerzas Armadas y Policía estarán a cargo del control
La ejecución del decreto estará bajo responsabilidad de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y agentes de tránsito. Quienes deberán aplicar la medida de manera racional y proporcional.
También se notificará oficialmente a la Asamblea Nacional, Corte Constitucional, ONU y OEA, como parte del procedimiento legal del estado de excepción.
Fuente: Diario El Comercio
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