- Estados Unidos presentó ante la Corte Nacional las pruebas para extraditar a Daniel Salcedo y Ronald Herrera.
- La Corte de Nueva York acusa a Salcedo de cobrar comisiones por transformar dinero del narco en criptomonedas.
- El agente especial de la DEA Bradley Buzzee aportó llamadas interceptadas y fotos halladas en el celular de Salcedo.
- Ambos procesados aceptaron ser enviados a Norteamérica bajo las garantías de la Ley de Extradición.
El Departamento de Justicia de Estados Unidos remitió a la Corte Nacional de Justicia el expediente formal con el que fundamenta el pedido de extradición contra Daniel Josué Salcedo Bonilla y el expolicía Ronald Patricio Herrera Ramírez. Bajo el proceso penal 26-CRIM-0187 radicado en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, las autoridades federales imputan a los procesados cinco delitos graves, entre los que figuran conspiración para importar cocaína, tenencia de ametralladoras y operaciones millonarias de lavado de activos.
La investigación liderada por la DEA documenta que la red criminal operó desde 2023 transportando cargamentos de droga procedentes de laboratorios colombianos hacia puertos marítimos ecuatorianos. Desde estas terminales portuarias, los cargamentos salían camuflados en contenedores hacia México y la costa este de Estados Unidos, respaldados por custodias armadas con fusiles de asalto y ametralladoras pesadas para garantizar la entrega de los alijos ilícitos en puertos extranjeros.
Conversión de efectivo ilegal a divisas electrónicas
El rol delictivo de Daniel Salcedo se centró en la ingeniería financiera para blanquear los fondos generados por el tráfico de sustancias ilícitas. Según la declaración juramentada del agente Bradley Buzzee, Salcedo operaba como intermediario cambiario, cobrando comisiones a bandas narcodelictivas a cambio de transformar millones de dólares en efectivo a criptomonedas, eludiendo la fiscalización de las autoridades regulatorias internacionales.
Las evidencias remitidas a los magistrados ecuatorianos incluyen el contenido extraído del teléfono celular que la Policía decomisó a Salcedo tras su captura en Panamá a inicios de 2024. El análisis forense recuperó registros fotográficos de fajos de billetes apilados, billeteras virtuales en plataformas descentralizadas y conversaciones en aplicaciones de mensajería encriptada que mantenía con Ronald Herrera, exagente policial vinculado a diversas investigaciones lideradas por la Fiscalía General del Estado.
Herrera, quien se desempeñó como teniente en unidades tácticas antinarcóticos hasta su destitución en 2021, utilizaba credenciales y contactos logísticos para coordinar la movilización de estupefacientes por corredores viales estratégicos del país. Las pesquisas revelan que la estructura coordinó dos operaciones marítimas de gran escala hacia Europa y Norteamérica que culminaron con decomisos en puertos de Guayaquil y Colón, en Panamá.
La DEA también incorporó intervenciones telefónicas realizadas en febrero de 2026 a través de un cooperador encubierto. En esas grabaciones, Salcedo pactó el envío de 15 kilogramos de cocaína a Miami, droga que fue incautada en territorio estadounidense, sirviendo como prueba material irrefutable de la conspiración transnacional.
Garantías diplomáticas y marco legal de extradición
La viabilidad de esta extradición se sustenta en las reformas normativas aprobadas en Ecuador mediante consulta popular, que habilitaron la entrega de connacionales procesados por delitos de crimen organizado transnacional y narcotráfico. Los jueces de la Corte Nacional deben verificar que el trámite cumpla con el principio de doble incriminación y respete los tratados bilaterales suscritos entre Quito y Washington.
Durante la audiencia preliminar celebrada el 9 de septiembre de 2026 en Quito, Salcedo y Herrera aceptaron ante el presidente encargado del alto tribunal, Marco Rodríguez, someterse voluntariamente al pedido de la justicia estadounidense. En Ecuador, Salcedo cumple condenas acumuladas por cerca de cuatro décadas de reclusión por peculado, delincuencia organizada y lavado de activos en compras públicas hospitalarias, sumando su vinculación en las tramas judiciales de Metástasis y Purga.
El proceso de entrega se encuentra supeditado a que la embajada estadounidense remita las garantías formales exigidas en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Extradición dentro de un plazo perentorio de 30 días. Dichas cláusulas comprometen a las autoridades federales a no aplicar penas degradantes ni castigos capitales contra los ciudadanos requeridos. El avance de esta causa coincide con un entorno de intensa actividad institucional en el país, en momentos en que la lista de candidatos al CPCCS se define en el TCE.
Con la eventual remisión de Salcedo a los tribunales de Nueva York, las agencias internacionales cerrarán un capítulo crucial sobre las redes de corrupción institucional que facilitaron la penetración del crimen organizado en la economía formal ecuatoriana.









